Requisitos para el uso de soportes de la red eléctrica por empresas ajenas a la DPEC
La Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC) informa que el uso de soportes de la red eléctrica, por parte de las empresas de transmisión de datos (comunicación – video – internet), deberá estar autorizado por la DPEC. Los interesados podrán requerir información en las Unidades Operativas del interior u oficina comercial central de la DPEC de los requisitos necesarios a ser presentado para su aprobación y autorización.
Documentación necesaria para iniciar el trámite de obtención del permiso del uso de
soportes de las Redes de DPEC:
a) Nota del solicitante dirigido a la autoridad máxima de la DPEC, solicitando la utilización de soportes de las redes de distribución.
b) Copia autenticada de los documentos que acrediten en forma fehaciente la Personería invocada.
c) Copia autenticada del último balance debidamente aprobado en caso de las personas jurídicas, o manifestación jurada de bienes en caso de las personas de existencia visible.
d) Constancia de inscripción de Clave Única de Identificación Tributaria.
e) Certificado de Factibilidad de uso del espacio aéreo y tendido de conductores en la vía pública, con aclaración de si los mismos deben ir por “Línea Municipal” o por “Cordón de vereda”, otorgado por el Municipio correspondiente.
f) Delimitación del Sector, indicando las calles que limitan el perímetro y acompañando los planos correspondientes e indicando la cantidad total de manzanas, y el número total de soportes a utilizar.
Esta documentación Técnica presentada por el solicitante deberá ser controlada y aprobada por la Gerencia de Ingeniería (Subgerencia de Estudios y Proyectos), quien determinará la Factibilidad del permiso requerido.
La Subgerencia Comercial notificará al solicitante el informe técnico emitido, observaciones o agregados que se requieran, adjuntando los Anexos I, II y III del Reglamento.
El solicitante deberá confirmar la aceptación de las condiciones emitidas, y remitir las documentaciones solicitadas, con el mismo procedimiento que la solicitud original. Aprobada la documentación técnica, se podrá dar inicio a los trabajos.
La Subgerencia de Obras, designara un inspector actuante, quien verificará el cumplimiento en obra de dicha documentación y requisitos que fueran fijados en las condiciones mínimas aceptadas por parte del Permisionario.
La formalización del contrato de uso se realizará a través de la Subgerencia Comercial.