DPEC trasladó suba aplicada por CAMMESA, tras Audiencia Pública de alcance nacional
La distribuidora local aclaró que este año únicamente se trasladó la suba de costos del Mercado Eléctrico Mayorista, que fue instrumentada por CAMMESA de acuerdo a resoluciones en el ámbito nacional, tras la Audiencia Pública correspondiente. “Estas decisiones no se tomaron en la provincia”, remarcaron. La tarifa de la DPEC contiene tres costos: a) costo de compra de potencia, energía y servicios de transporte de electricidad;
b) costos propios de la distribuidora local requeridos para la prestación del servicio (VAD); y c) los impuestos.
La Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC) aclaró que, de acuerdo a una normativa emanada del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y aplicada a las distribuidoras por parte de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), este año únicamente se transfirió el aumento de costos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), en cumplimiento de la Resolución ENRE 75/2017.
“En el ámbito de la competencia de aquellos organismos nacionales, se efectuaron sendas audiencias públicas en el marco de procesos a través de los que se resolvieron los traslados de los costos. Estas decisiones no se
tomaron en la provincia”, clarificó la DPEC en un escrito a la justicia; dejando en claro que no es competencia del organismo provincial.
Ante la resolución ENRE 75/2017 y N° 66/2017, a nivel local se procedió a la Resolución de la DPEC N°231/17, y consecuentemente el Decreto 516/17 del Gobierno Provincial.
El traspaso de los costos aplicados por las normativas en el ámbito nacional permiten a la empresa provincial el recupero correspondiente para poder prestar el servicio público de la distribución y suministro de energía eléctrica.
COSTOS EN LA TARIFA
Desde la distribuidora correntina explicaron que la tarifa de la DPEC considera tres costos: a) costo de compra de potencia, energía y servicios de transporte de electricidad; b) costos propios de la distribuidora local requeridos para la prestación del servicio (VAD); y c) los impuestos.
Así, los costos de compra comprenden aquellos costos tanto del mercado mayorista administrado por CAMMESA, como los de otras distribuidoras tal es el caso de ENERSA, de la provincia de Entre Ríos, que abastece a las localidades correntinas de Mocoretá y Sauce.
En el caso del mercado mayorista, las tarifas aplicadas por CAMMESA son aprobadas por la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación.
Ante el incremento de los costos por parte de quienes venden la energía a DPEC, la empresa provincial se limita a trasladar proporcionalmente dichos valores, a fin de cubrir la prestación del servicio.
DETALLE DE RESOLUCIÓN NACIONAL
Desde la DPEC dejaron en claro que los organismos ajenos a la Provincia, que determinaron el incremento en los costos de la energía, efectuaron en su momento los procesos pertinentes para dar lugar al aumento de los
valores.
El 14 de diciembre de 2016 se desarrolló la Audiencia Pública convocada por el Ente Regulador de la Energía (ENRE) en la ciudad de Formosa, con el objetivo de poner en conocimiento y escuchar opiniones sobre la propuesta tarifaria presentada por TRANSNEA S.A. para el próximo período quinquenal.
Como resultado de ello, el ENRE dictó la Resolución 75/2016 determinando el traspaso de los costos al mercado mayorista.
Cabe señalar que la Provincia de Corrientes, en la mencionada Audiencia, participó y formuló objeciones al precio para el transporte, considerando serias deficiencias de una de las concesionarias, no obstante lo cual
finalmente se avanzó en ese sentido por parte de los órganos competentes.
La Secretaría de Energía de la Nación aprobó los precios mayoristas estacionales para el MEM (Mercado Eléctrico Mayorista), después de la audiencia pública que fue convocada por el Ministerio de Energía y Minería, a través de la Resolución N° 20/2017.
Vale decir que a las distribuidoras provinciales no les corresponde realizar audiencias públicas para trasladar los costos del mercado mayorista, considerando que no es propio de la jurisdicción de las provincias resolver en este sentido.
CASO CHACO
En el escrito, las autoridades de DPEC hicieron alusión a la situación que se vive en la Provincia de Chaco, jurisdicción en la que el Defensor del Pueblo cuestionó – ante la justicia federal- el traslado de los costos de
la energía, compra y transporte, a los usuarios del servicio de aquella provincia, impugnando las normales nacionales que dispusieron esos mayores costos.
En ese caso, se apunta a los actos administrativos que dieron origen al incremento de costos para las distribuidoras, no así a la empresa provincial que no tiene participación en tales decisiones.